PROCURADURÍA INVESTIGA AUSENCIA DEL PERSONERO MUNICIPAL DE GARZÓN
POR: ANDRÉS RODRÍGUEZ.

La Procuradora Provincial de Instrucción de Garzón, Dra. María del Pilar Artunduaga Osorio, ha iniciado un requerimiento por ausentismo contra el Personero Municipal de Garzón, Dr. Eider Estiefken Morales Vargas.
Este requerimiento se adelanta en el marco de las facultades preventivas otorgadas a las Procuradurías Provinciales por la Constitución Política (artículo 277), el Decreto Ley 262 de 2000 (artículo 76) y la Resolución 132 del 30 de abril de 2014.
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📌 FALTAS REITERADAS A EVENTOS OFICIALES
El ausentismo del Dr. Morales Vargas se evidenció claramente los días 6 y 7 de marzo de 2025, cuando se desarrollaron reuniones de gran importancia para la gestión municipal y la defensa de los derechos ciudadanos:
🔹 6 de marzo: Se llevó a cabo la primera sesión de la Subcomisión para el Ministerio Público, con la participación de las 24 personerías que conforman la jurisdicción provincial de Garzón. Sin embargo, el Personero Municipal de Garzón no asistió ni presentó justificación alguna por su inasistencia.
🔹 7 de marzo: Se realizó el Comité de Justicia Transicional, una reunión clave para la articulación de estrategias en defensa de los derechos humanos en el municipio. La asistencia del Personero a este comité es obligatoria e indelegable, sin embargo, nuevamente no estuvo presente.
Estas ausencias han generado preocupación en la Procuraduría, dado que se trata de eventos en los que la Personería Municipal juega un papel fundamental en la protección de los derechos de la comunidad.
Cabe resaltar que el día viernes 7 de marzo según proposición N° 025 del 2025 el Dr. Eider Estiefken Morales debía entregar ante la plenaria del Concejo Municipal de Garzón el informe de gestión vigencia de 2024, pero tampoco asistió.
Por medio de la Secretaria de la Personería Morales Vargas, envió al Concejo Municipal un certificado médico firmado por un médico General poniendo en conocimiento su estado de salud para que fuera tenido en cuenta respecto a la participación en la proposición No. 025 del año en curso, en la cual se encontraba programada la rendición de informe de gestión de la vigencia 2024.
🏛️ PREOCUPACIÓN POR AUSENCIA EN SU DESPACHO
Además de su falta a reuniones clave, se ha detectado que el Dr. Morales Vargas tampoco ha estado cumpliendo sus funciones en la sede de la Personería Municipal.
Los funcionarios del despacho manifestaron que el Personero tomó posesión de su cargo el 1 de marzo de 2025, sin embargo, hasta la fecha solo se presentó el lunes 3 de marzo, sin haber regresado después.
Esta situación afecta gravemente el funcionamiento de la Personería, dado que esta entidad debe contar con su titular para garantizar la prestación de servicios a la ciudadanía, excepto en casos de fuerza mayor debidamente justificados.
⚖️ NORMATIVIDAD SOBRE LAS FALTAS DEL PERSONERO
La legislación establece disposiciones claras sobre las faltas temporales y absolutas de un Personero Municipal:
📌 Faltas temporales
– Deben ser suplidas por el funcionario de la Personería que le siga en jerarquía, siempre que cumpla con los requisitos del cargo.
– En caso contrario, el reemplazo debe ser designado por el Concejo Municipal, y si este no está reunido, por el Alcalde Municipal.
– El funcionario designado debe acreditar las calidades exigidas por la ley para ocupar el cargo.
📌 Faltas absolutas
– Se presentan cuando el Personero se retira de manera definitiva de su cargo.
– En estos casos, el Concejo Municipal debe realizar una nueva elección, mediante un concurso público de méritos, para seleccionar a un nuevo Personero que complete el período en curso.
📌 Licencias, incapacidades y permisos
– La Mesa Directiva del Concejo Municipal es la entidad encargada de conceder licencias, permisos y vacaciones al Personero Municipal.
– Si el Personero se encuentra incapacitado por razones de salud, debe realizar los trámites ante su EPS y notificar tanto a la Personería Municipal como al Concejo Municipal, para que se adopten las medidas necesarias.
🚨 REQUERIMIENTO DE LA PROCURADURÍA
Ante estas circunstancias, la Procuraduría Provincial de Garzón ha solicitado al Dr. Eider Estiefken Morales Vargas que presente una justificación formal por sus ausencias, anexando los soportes correspondientes.
El Personero debe explicar las razones de su inasistencia a los eventos oficiales y su ausencia en la Personería, para determinar si existen causas de fuerza mayor que puedan justificar su falta de cumplimiento de funciones.
En caso de que su ausencia se deba a una incapacidad médica, debe tramitarla ante su EPS y presentar los documentos que certifiquen su estado de salud. Además, deberá informar a la Personería Municipal y al Concejo Municipal, para que se adopten las medidas administrativas pertinentes.
🔎 LA PROCURADURÍA VIGILARÁ EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES
El Ministerio Público continuará con la vigilancia y control sobre el cumplimiento de las funciones del Personero Municipal de Garzón, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio público a la comunidad.
🔴 Este caso sigue en desarrollo, y se espera una respuesta del Personero Municipal en los próximos días.